Informes sobre minerales de conflicto

Diligencia debida para Dodd-Frank (1502) y el Reglamento sobre minerales de conflicto de la UE (2017/821)

¿Qué es la notificación de minerales de conflicto?

Satisfaga los requisitos de diligencia debida de la Ley Dodd-Frank (1502) y el Reglamento sobre minerales de conflicto de la UE (2017/821) y cumpla con los mandatos de información pública de la Comisión de Valores de Estados Unidos (SEC) y los reguladores de la UE con SCS Global Services. Nuestra auditoría de informes de minerales de conflicto de terceros y el desarrollo de sistemas de diligencia debida le permiten revelar adecuadamente las fuentes de minerales de conflicto y le ayudan a mitigar el riesgo de apoyar el conflicto armado dentro de la República Democrática del Congo (RDC) y los países circundantes.

¿Por qué elegir SCS?

SCS tiene experiencia en la trazabilidad y la transparencia de los metales preciosos, así como tres décadas de experiencia en la certificación social y medioambiental de terceros y en la evaluación de la cadena de suministro. Hemos desarrollado el programa Certified Responsible Source™, somos miembros del Instituto Internacional de Metales Preciosos (IPMI) y estamos acreditados por el Consejo de Joyería Responsable. Trabajamos con asociaciones comerciales para desarrollar enfoques de diligencia debida basados en el riesgo para identificar minerales conflictivos, y también participamos activamente con la Iniciativa de Minerales Responsables (RMI) para optimizar el Proceso de Garantía de Minerales Responsables (RMAP) de la RMI.

  • Oferta de servicios
  • Sistema de diligencia debida
  • Auditorías del sector privado
  • Preguntas frecuentes
Cumpla con sus requisitos de cumplimiento:
  • Desarrollo del sistema de diligencia debida: le ayudamos a garantizar que su sistema de diligencia debida para los minerales de conflicto sea eficaz y cumpla con los requisitos reglamentarios, y le asistimos en la planificación y el desarrollo de la política de cumplimiento de los minerales de conflicto, la elaboración de perfiles de riesgo, el mapeo de la cadena de suministro y la mitigación de riesgos. A través de estos servicios, identificamos las lagunas y los riesgos críticos en su sistema actual y las recomendaciones señaladas en la Guía de Debida Diligencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y en marcos como la Lista de Comprobación de la Iniciativa de Fundición Libre de Conflictos de la RBA.
  • Auditoría de informes sobre minerales de conflicto - Ofrecemos auditorías independientes del sector privado (IPSA) basadas en el rendimiento para los informes sobre minerales de conflicto, siguiendo las directrices del "Libro Amarillo" de la Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno de Estados Unidos (GAO). La auditoría confirma que la diligencia debida descrita en su Informe sobre Minerales de Conflicto se ajusta al marco de la OCDE y es coherente con las medidas de diligencia debida que ha adoptado su empresa.

Nuestra división de servicios para la cadena de suministro ha ayudado a las empresas a definir y aplicar políticas de abastecimiento y a establecer procesos de diligencia debida basados en el riesgo desde la aprobación de la sección 1502 de la Ley Dodd-Frank en 2010. Desplegamos una red global de auditores expertos para comunicar claramente los objetivos de su sistema de diligencia debida en materia de minerales de conflicto y recopilar y validar las pruebas de conformidad.

Proceso
  1. Desarrollar la política de abastecimiento (opcional)

    Trabajamos con usted para definir las políticas de abastecimiento en torno a los productos clave y sus componentes. Los sistemas de certificación creíbles disponibles para estos atributos preferidos se identifican en su política de abastecimiento.

  2. Establecer perfiles de riesgo

    Construimos un perfil de riesgo para cada componente del producto teniendo en cuenta tanto la probabilidad de que el componente contenga minerales conflictivos como la cantidad gastada por componente. Este enfoque le permite reducir con precisión su lista de proveedores objetivo y agilizar su proceso de desarrollo de la diligencia debida.

  3. Mapa de la cadena de suministro

    Establecemos un programa de trazabilidad de los proveedores para mapear su cadena de suministro, incluyendo su escala y complejidad. El objetivo es identificar los posibles minerales conflictivos que podrían utilizarse en su producto o proceso de producción. En primer lugar, identificamos las fundiciones y refinerías que cumplen con el RMAP. En el caso de los proveedores de alto riesgo que se abastecen en instalaciones no certificadas, realizamos una investigación más exhaustiva para localizar minas específicas o lugares de origen. Nuestras listas de comprobación se basan en la Plantilla de Información sobre Minerales de Conflicto (CMRT). Trabajamos regularmente con proveedores de soluciones de software para recopilar los datos necesarios sobre sus proveedores.

  4. Responder a los riesgos identificados

    Identificamos las lagunas y los riesgos críticos en su sistema actual, en consonancia con las recomendaciones expuestas en la Guía de Debida Diligencia de la OCDE o en marcos como el RMAP del RMI.

Debe presentar un Informe sobre Minerales de Conflicto (CMR) si su producto o proceso de producción contiene tantalio, estaño, tungsteno y oro (también conocido como "CM 3TG") procedentes de cualquiera de los "países cubiertos" y si esos minerales no proceden de chatarra o fuentes recicladas. La norma final de la SEC establece que el Informe sobre Minerales de Conflicto debe ser auditado por un auditor independiente del sector privado con carácter anual.

Proceso de auditoría
  1. Presentar el informe sobre minerales de conflicto

    Evaluamos su CMR, las descripciones del personal clave y sus responsabilidades, los procedimientos operativos estándar para los sistemas de cadena de custodia y la gestión de riesgos, las políticas sobre minerales de conflicto y otros documentos relacionados.

  2. Presentar registros

    Envíenos sus registros, incluyendo: contratos con proveedores, comunicaciones con proveedores, evaluaciones de riesgos, planes de gestión de riesgos, actas de reuniones de gestión y cualquier informe de auditoría o evaluación realizada por su empresa o por auditores independientes.

  3. Entrevistas

    Realizamos entrevistas con el personal, los consultores y los proveedores pertinentes.

  4. Informe de evaluación

    Proporcionamos un informe resumido basado en los requisitos de información del "Libro Amarillo" de la GAO y en las orientaciones del American Institute of Certified Public Accountants (AICPA). También se proporciona una lista de comprobación basada en las orientaciones de la OCDE y en los suplementos pertinentes; cada indicador se coteja con el sistema de diligencia debida notificado en el CMR. Esta misma lista de comprobación se utiliza para indicar las pruebas pertinentes recogidas en apoyo de las conclusiones generales.

  5. Decisión de verificación

    Sobre la base de las pruebas y la información proporcionada, concluimos si el diseño de su marco de diligencia debida, tal como se expone en el informe sobre minerales de conflicto, es conforme a los criterios establecidos en la guía de la OCDE.

  6. Renovación

    Es necesario realizar auditorías anuales de sus informes para cumplir con los requisitos de información de la SEC.

¿Qué es el artículo 1502 de la Ley Dodd-Frank?

La Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank fue promulgada por el Congreso de los Estados Unidos en 2010, en respuesta a la preocupación por la venta de minerales conflictivos utilizados para financiar conflictos regionales en la República Democrática del Congo (RDC) y nueve países colindantes ("países cubiertos"). El artículo 1502 exige a las empresas públicas que revelen cualquier uso de minerales procedentes de operaciones mineras en estas regiones en conflicto. La norma se aplica a todos los "emisores" de la SEC (incluidos los emisores extranjeros) que fabrican o contratan la fabricación de productos en los que los minerales conflictivos son necesarios para la funcionalidad o la producción del producto.

¿Qué son los "países cubiertos"?

Los diez países son la República Democrática del Congo (RDC), la República Centroafricana, la República del Congo, Tanzania, Burundi, Sudán del Sur, Zambia, Ruanda, Angola y Uganda.

¿Qué nivel de información le exige la SEC?

La norma final de la Comisión del Mercado de Valores de EE.UU. (SEC) establece un procedimiento de tres pasos para determinar el nivel de información que debe proporcionar sobre sus productos:

  1. Determine si sus productos contienen minerales conflic tivos - La sección 1502 de Dodd-Frank define los "minerales conflictivos" como casiterita, columbita-tantalita, oro y wolframita, así como sus derivados. La sección 1502 se aplica a los productos manufacturados que contienen minerales de conflicto considerados "necesarios" para la funcionalidad de su producto manufacturado o el proceso de producción del producto. La mayoría de los minoristas de marcas privadas están exentos.
  2. Llevar a cabo una "Investigación Razonable del País de Origen" (RCOI) para determinar el origen de sus minerales de conflicto - Esta investigación se lleva a cabo con el fin de determinar si los minerales de conflicto utilizados en su producción o el proceso de producción se originaron en cualquiera de los Países Cubiertos. No está obligado a ejercer la diligencia debida si estos minerales de conflicto no proceden de los países cubiertos, o se derivan de fuentes recicladas o de chatarra; sin embargo, debe presentar un informe anual de divulgación a través del formulario SD de la SEC, describiendo el RCOI que utilizó para determinar su condición de "libre de conflicto".
  3. Ejerza la diligencia debida para determinar si está financiando directa o indirectamente a grupos armados - La diligencia debida es necesaria si los minerales de conflicto son "necesarios" para su operación, no proceden de fuentes recicladas o de chatarra, y se originan en los Países Cubiertos. La diligencia debida es el proceso de determinar si sus minerales financian o benefician directa o indirectamente a los grupos armados. En este caso, debe presentar un informe sobre minerales de conflicto como anexo al formulario SD.

¿Qué plazos reglamentarios existen para las auditorías de información sobre minerales de conflicto?

La SEC concede un periodo de provisión temporal para que las empresas establezcan los sistemas de trazabilidad necesarios en los países cubiertos. Si durante este período, usted encuentra que es "indeterminable" si su producto o proceso de producción contiene minerales de conflicto, debe revelar sus resultados y describir las medidas que ha tomado para ejercer la debida diligencia sobre el origen y la cadena de custodia de sus minerales de conflicto. Este periodo de gracia finaliza en 2016 para las grandes empresas y en 2018 para las pequeñas. Tras el periodo de gracia, se exigen los IPSA a las empresas que determinen que tienen minerales de conflicto procedentes de los países cubiertos.

¿Qué marcos son aceptables para realizar la diligencia debida?

La norma final exige que la diligencia debida se lleve a cabo utilizando un marco de diligencia debida reconocido nacional o internacionalmente (por ejemplo, la Guía de Diligencia Debida de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de 2011 para las cadenas de suministro responsables de minerales procedentes de zonas afectadas por conflictos y de alto riesgo).

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