Informes sobre minerales de zonas en conflicto
Diligencia debida en virtud de la Ley Dodd-Frank (1502) y del Reglamento de la UE sobre minerales en zonas de conflicto (2017/821)
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¿En qué consiste la presentación de informes sobre minerales de zonas de conflicto?
Cumpla los requisitos de diligencia debida establecidos por la Ley Dodd-Frank (1502) y el Reglamento de la UE sobre minerales de zonas en conflicto (2017/821), y cumpla con las obligaciones de información pública de la Comisión de Valores y Bolsa de EE. UU. (SEC) y de los organismos reguladores de la UE con SCS Global Services. Nuestro servicio de auditoría de informes sobre minerales de zonas de conflicto, realizado por terceros, y el desarrollo de un sistema de diligencia debida le permiten divulgar adecuadamente las fuentes de los minerales de zonas de conflicto y le ayudan a mitigar el riesgo de contribuir a conflictos armados en la República Democrática del Congo (RDC) y los países vecinos.
¿Por qué elegir « SCS Global Services »?
SCS Global Services Cuenta con experiencia en trazabilidad y transparencia de metales preciosos, así como con tres décadas de experiencia en certificación social y medioambiental por parte de terceros y en la evaluación de la cadena de suministro. Hemos desarrollado el programa Certified Responsible Source™, somos miembros del Instituto Internacional de Metales Preciosos (IPMI) y contamos con la acreditación del Consejo de Joyería Responsable (RJC). Colaboramos con asociaciones sectoriales para desarrollar enfoques de diligencia debida basados en el riesgo destinados a identificar minerales de conflicto, y también participamos activamente en la Iniciativa de Minerales Responsables (RMI) para optimizar su Proceso de Garantía de Minerales Responsables (RMAP).
- Oferta de servicios
- Sistema de diligencia debida
- Auditorías del sector privado
- Preguntas frecuentes
Cumple con tus requisitos de cumplimiento normativo:
- Desarrollo de sistemas de diligencia debida: le ayudamos a garantizar que su sistema de diligencia debida en materia de minerales de zonas en conflicto sea eficaz y cumpla con los requisitos normativos, y le asistimos en la planificación del cumplimiento normativo y el desarrollo de políticas, la elaboración de perfiles de riesgo, la cartografía de la cadena de suministro y la mitigación de riesgos. A través de estos servicios, identificamos las deficiencias y los riesgos críticos de su sistema actual, así como las recomendaciones recogidas en la Guía de Diligencia Debida de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y en marcos como la lista de verificación de la Iniciativa de Fundiciones Libres de Conflictos de la RBA.
- Auditoría de informes sobre minerales de zonas en conflicto: ofrecemos auditorías independientes del sector privado (IPSA) basadas en el rendimiento para informes sobre minerales de zonas en conflicto, siguiendo las directrices del «Libro Amarillo» de la Oficina de Responsabilidad Gubernamental de EE. UU. (GAO). La auditoría confirma que la diligencia debida descrita en su informe sobre minerales de zonas en conflicto se ajusta al marco de la OCDE y es coherente con las medidas de diligencia debida que su empresa ha adoptado.
Nuestra división de Servicios de Cadena de Suministro lleva desde la aprobación de la sección 1502 de la Ley Dodd-Frank en 2010 ayudando a las empresas a definir y aplicar políticas de abastecimiento, así como a establecer procesos de diligencia debida basados en el riesgo. Contamos con una red global de auditores expertos para comunicar con claridad los objetivos de su sistema de diligencia debida en materia de minerales de conflicto y para recopilar y validar las pruebas de cumplimiento.
Proceso
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Elaborar una política de abastecimiento (opcional)
Colaboramos contigo para definir políticas de aprovisionamiento en torno a productos y componentes clave. En tu política de aprovisionamiento se indican los sistemas de certificación fiables disponibles para estos atributos preferentes.
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Establecer perfiles de riesgo
Elaboramos un perfil de riesgo para cada componente del producto teniendo en cuenta tanto la probabilidad de que dicho componente contenga minerales de zonas en conflicto como el importe gastado por componente. Este enfoque le permite reducir con precisión su lista de proveedores objetivo y agiliza su proceso de desarrollo de la diligencia debida.
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Mapa de la cadena de suministro
Establecemos un programa de trazabilidad de proveedores para trazar un mapa de su cadena de suministro, incluyendo su escala y complejidad. El objetivo es identificar posibles minerales de conflicto que puedan utilizarse en su producto o en su proceso de producción. En primer lugar, identificamos las fundiciones y refinerías que cumplen con la norma RMAP. En el caso de los proveedores de alto riesgo que se abastecen de instalaciones no certificadas, llevamos a cabo una investigación más exhaustiva para localizar las minas específicas o los lugares de origen. Nuestras listas de verificación se basan en la Plantilla de Información sobre Minerales de Conflicto (CMRT). Colaboramos habitualmente con proveedores de soluciones de software para recopilar los datos necesarios sobre sus proveedores.
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Responder a los riesgos identificados
Identificamos las deficiencias y los riesgos críticos de su sistema actual, de acuerdo con las recomendaciones recogidas en la Guía de la OCDE sobre la diligencia debida o en marcos como el RMAP de la RMI.
Debe presentar un Informe sobre Minerales de Conflicto (CMR) si su producto o proceso de producción contiene tantalio, estaño, tungsteno y oro (también conocido como "CM 3TG") procedentes de cualquiera de los "países cubiertos" y si esos minerales no proceden de chatarra o fuentes recicladas. el Estándar final de la SEC establece que el Informe sobre Minerales de Conflicto debe ser auditado por un auditor independiente del sector privado con carácter anual.
Proceso de auditoría
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Enviar Informe sobre minerales de zonas en conflicto
Evaluamos su CMR, las descripciones del personal clave y sus responsabilidades, los procedimientos operativos estándar para los sistemas de cadena de custodia y la gestión de riesgos, las políticas sobre minerales en conflicto y otros documentos relacionados.
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Enviar Registros
Enviar nos facilite su documentación, incluyendo: contratos con proveedores, comunicaciones con proveedores, evaluaciones de riesgos, planes de gestión de riesgos, actas de reuniones de la dirección y cualquier informe de auditoría o evaluación realizada por su empresa o por auditores independientes.
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Entrevistas
Realizamos entrevistas con el personal pertinente, los consultores y los proveedores.
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Informe de evaluación
Proporcionamos un informe resumido basado en los requisitos de información del «Libro Amarillo» de la GAO y en las directrices del Instituto Americano de Contables Públicos Certificados (AICPA). También se facilita una lista de comprobación basada en las directrices de la OCDE y en los suplementos pertinentes; cada indicador se compara con el sistema de diligencia debida descrito en el CMR. Esta misma lista de comprobación se utiliza para indicar las pruebas pertinentes recopiladas en apoyo de las conclusiones generales.
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Resolución de verificación
A la luz de las pruebas y la información facilitadas, determinamos si el diseño de su marco de diligencia debida, tal y como se expone en el Informe sobre minerales en zonas de conflicto, se ajusta o no a los criterios establecidos en las directrices de la OCDE.
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Renovación
Es obligatorio realizar auditorías anuales de tus informes para cumplir con los requisitos de información de la SEC.
¿Qué es el artículo 1502 de la Ley Dodd-Frank?
La Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank fue promulgada por el Congreso de los Estados Unidos en 2010, en respuesta a la preocupación por la venta de minerales conflictivos utilizados para financiar conflictos regionales en la República Democrática del Congo (RDC) y nueve países colindantes ("países cubiertos"). El artículo 1502 exige a las empresas públicas que revelen cualquier uso de minerales procedentes de operaciones mineras en estas regiones en conflicto. el Estándar se aplica a todos los "emisores" de la SEC (incluidos los emisores extranjeros) que fabrican o contratan la fabricación de productos en los que los minerales conflictivos son necesarios para la funcionalidad o la producción del producto.
¿Qué son los «países incluidos»?
Los diez países son la República Democrática del Congo (RDC), la República Centroafricana, la República del Congo, Tanzania, Burundi, Sudán del Sur, Zambia, Ruanda, Angola y Uganda.
¿Qué nivel de información exige la SEC que se comunique?
el Estándar final de la Comisión del Mercado de Valores de EE.UU. (SEC) establece un procedimiento de tres pasos para determinar el nivel de información que debe proporcionar sobre sus productos:
- Averigua si tus productos contienen minerales de conflicto: la sección 1502 de la Ley Dodd-Frank define los «minerales de conflicto» como la casiterita, la columbita-tantalita, el oro y la wolframita, así como sus derivados. La sección 1502 se aplica a los productos manufacturados que contengan minerales de conflicto considerados «necesarios» para el funcionamiento de tu producto manufacturado o para el proceso de producción del mismo. La mayoría de los minoristas de marca propia están exentos.
- Realice una «investigación razonable sobre el país de origen» (RCOI) para determinar la procedencia de sus minerales de conflicto: esta investigación se lleva a cabo con el fin de determinar si los minerales de conflicto utilizados en su producción o en el proceso de producción proceden de alguno de los países afectados. No está obligado a aplicar la diligencia debida si estos minerales de conflicto no proceden de los países afectados o si proceden de fuentes recicladas o de chatarra; sin embargo, debe presentar un informe de divulgación anual mediante el formulario SD de la SEC, en el que se describa la RCOI que ha utilizado para determinar su condición de «libre de conflicto».
- Aplique las medidas de diligencia debida para determinar si está financiando, directa o indirectamente, a grupos armados. Se exige la aplicación de medidas de diligencia debida si los minerales de conflicto son «necesarios» para su actividad, no proceden de fuentes recicladas o de chatarra y tienen su origen en los países afectados. La diligencia debida es el proceso mediante el cual se determina si sus minerales han financiado o beneficiado, directa o indirectamente, a grupos armados. En tal caso, deberá presentar un informe sobre minerales de conflicto como anexo al formulario SD.
¿Qué plazos reglamentarios se aplican a las auditorías de información sobre minerales en conflicto?
La SEC concede un período de gracia para que las empresas establezcan los sistemas de trazabilidad necesarios en los países afectados. Si durante este período se considera que es «imposible determinar» si su producto o proceso de producción contiene minerales de conflicto, deberá dar a conocer sus conclusiones y describir las medidas que haya adoptado para ejercer la diligencia debida sobre el origen y la cadena de custodia de sus minerales de conflicto. Este período de gracia finaliza en 2016 para las grandes empresas y en 2018 para las pequeñas. Una vez finalizado el período de gracia, las empresas que determinen que disponen de minerales de conflicto procedentes de los países afectados deberán presentar un IPSA.
¿Qué marcos normativos son adecuados para llevar a cabo la diligencia debida?
el Estándar final exige que la diligencia debida se lleve a cabo utilizando un marco de diligencia debida reconocido nacional o internacionalmente (por ejemplo, la Guía de Diligencia Debida de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de 2011 para las cadenas de suministro responsables de minerales procedentes de zonas afectadas por conflictos y de alto riesgo).
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